Medio Ambiente da el visto bueno para la demolición de la presa de Yecla de Yeltes

Fuente: Tribunasalamanca.com

El Ministerio de Media Ambiente ha hecho público, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), el visto bueno del impacto medioambiental parta la destrucción de la presa en la localidad salmantina de Yecla de Yeltes.

La actuación consiste en la eliminación de la barrera que supone la presa. Dicha actuación se realiza en tres fases diferentes, además del vaciado del embalse, atendiendo al tipo de material producido y a los métodos y maquinaria que se tiene previsto utilizar.

Fase previa-vaciado del embalse: Se llevará a cabo abriendo de forma escalonada las compuertas durante los meses de invierno, para, posteriormente, iniciar el proceso de demolición. Se estima que en poco más de dos días habrá concluido.

Primera fase: Desmantelamiento de instalaciones, concretamente de las compuertas del aliviadero, equipos de bombeo y desagüe y componentes eléctricos.

Segunda fase: Desmontaje de estructuras metálicas, tanto de las estructuras de soporte de las compuertas, como otros elementos metálicos como barandillas, escaleras y carpintería metálica de las casetas.

Tercera fase: Demolición de la obra de fábrica, de ladrillo (casetas del centro de transformación, de la elevación y del almacén), obra de mampostería (muro del estribo derecho), obra de hormigón armado (pies del aliviadero y muro de encauzamiento de la margen izquierda, pasarela de del aliviadero, contrapesos de las compuertas y losas del camino de acceso peatonal, así como la obra de hormigón en masa, que constituye el cuerpo de la presa, incluyendo el aliviadero de la margen izquierda.

El período de obras estará comprendido entre el 1 de noviembre y el 28 de febrero.

Las opciones seleccionadas consisten en la Alternativa 1 (demolición de la presa meidante explisivos), que aunque genera una producción de ruido más intenso es durante un tiempo reducido, y la Alternativa 4, manteniendo los sedimentos en el río de forma que el río los vaya distribuyendo durante los episodios de avenidas.

La entonces Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino estima que la actuación prevista no tendrá repercusiones significativas sobre espacios de la Red Natura 2000 presentes en la zona de actuación. Se informa que las afecciones serán, principalmente, derivadas de la ejecución de los trabajos, y serán consecuencia de las demoliciones previstas, del desbroce de vegetación para las instalaciones auxiliares, reparación del camino de acceso, compactación del suelo, posible contaminación de suelos por vertidos accidentales y arrastre de sedimentos que disminuyen la calidad del agua, entre otras.

Con el fin de minimizar la contaminación de las aguas, el promotor propone colocar sacos terreros anclados al terreno que incorporarán gravas y arenas en su interior, realizar riegos periódicos de los materiales, utilizar una lona para cubrir la carga durante el transporte de escombros al vertedero autorizado y limitar la velocidad de circulación de los mismos a 10 km/h. Asimismo, se llevará a cabo un seguimiento periódico del estado de la maquinaria y los parques de maquinaria incorporarán plataformas completamente impermeabilizadas y contarán con un sistema de recogida de residuos y desechos, tanto sólidos como líquidos.

El objeto del proyecto es la eliminación de la presa de Yecla de Yeltes en virtud del Decreto, de fecha 12 de junio de 2009, de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero, de extinción del derecho al uso privativo de las aguas del río Huebra, al haberse constatado que este aprovechamiento se encontraba en desuso por un período superior a tres años.

La presa se construyó en el año 1958 para abastecer de agua al núcleo urbano de Vitigudino, sin embargo, la posterior construcción de nuevas estructuras ha derivado en el desuso de la misma. Este proyecto está incluido dentro de las actuaciones que la Confederación Hidrográfica del Duero tiene previsto acometer para cumplir con los requerimientos de la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos para mejorar y recuperar los ecosistemas fluviales en consonancia con el artículo 11 de la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE).

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